lunes, 22 de junio de 2009

Atención a las Hojas de Notificación del T.P.I.

Recientemente representé a la parte apelada en un caso ante el Tribunal de Apelaciones, que fue desestimado por falta de jurisdicción. El trámite procesal fue como sigue: luego de haberse dictado sentencia en el Tribunal de Primera Instancia, la parte perdidosa decidió presentar una Moción de determinaciones de hechos adicionales, dentro del término, y además una Moción de reconsideración. El TPI declaró sin lugar ambas mociones, lo que fue notificado a ambas partes. Sin embargo, como observó el TA al examinar los autos del caso, la Secretaría del TPI utilizó el formato OAT-750, que es el que se utiliza para notificar resoluciones interlocutorias. Este formato, observó el TA, “no provee a las partes la información adecuada y requerida”, particularmente sobre los procedimientos apelativos, de manera que, resolvió el Tribunal de Apelaciones, al ser inadecuada la notificación, el término para presentar apelación no ha comenzado a decursar, y el recurso presentado fue prematuro.

La seriedad de esta determinación, aunque si duda no establece precedente, acarrea la desestimación del recurso, con los costos que esto conlleva para las partes, por lo que amerita que prestemos particular atención a los formularios de notificación que utiliza la secretaría para notificar las sentencias y resoluciones del tribunal.

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