No tengo la menor duda de que si realizo una encuesta entre los Jueces de Apelaciones y sus OJs y les pregunto cuál es el error más frecuente en los recursos ante el Tribunal de Apelaciones, sin titubear dirán que el apéndice. La Regla 74 del Reglamento del TA establece, en su inciso (a) que todas las páginas del apéndice se numerarán consecutivamente y se ordenarán los documentos en orden cronológico; si el apéndice contiene más de un documento, estará precedido de un índice que indicará la página en que aparece cada documento. También establece que (b) los apéndices sólo contendrán copias de los documentos que formen parte de los autos del Tribunal de Primera Instancia o del expediente administrativo. La Regla es clara; parece fácil, y LO ES. Por eso no entiendo por qué es tal vez la Regla más incumplida en los recursos ante el TA.
Un apéndice incorrecto, incompleto o sin índice no acarrea la desestimación del recurso. Tal vez por ello no se le da la importancia que en realidad tiene. Y es que trabajar con un expediente de un caso que lleva tal vez cinco años en el Tribunal de Primera Instancia, y que tiene un apéndice de 2 mil páginas, fuera de orden, sin secuencia ninguna, en copias ilegibles, y para colmo SIN ÍNDICE, es la peor pesadilla de todo OJ y Juez de Apelaciones. Si la parte o el abogado que presenta el recurso supiera el efecto psicológico que esto causa, si supiera que la resolución de su caso se demora innecesariamente, si supiera que tal vez ese documento esencialísimo para mover la discreción del Tribunal no aparece porque está enterrado entre cientos de otros papeles que en nada aportan al caso, quizá sería más cuidadoso al preparan el apéndice de su recurso. Que toma tiempo, mucho tiempo, preparar bien un apéndice… por supuesto. Pero en mi opinión, el precio de no hacerlo es muy alto, como para darse el lujo de hacerlo mal.
Un apéndice incorrecto, incompleto o sin índice no acarrea la desestimación del recurso. Tal vez por ello no se le da la importancia que en realidad tiene. Y es que trabajar con un expediente de un caso que lleva tal vez cinco años en el Tribunal de Primera Instancia, y que tiene un apéndice de 2 mil páginas, fuera de orden, sin secuencia ninguna, en copias ilegibles, y para colmo SIN ÍNDICE, es la peor pesadilla de todo OJ y Juez de Apelaciones. Si la parte o el abogado que presenta el recurso supiera el efecto psicológico que esto causa, si supiera que la resolución de su caso se demora innecesariamente, si supiera que tal vez ese documento esencialísimo para mover la discreción del Tribunal no aparece porque está enterrado entre cientos de otros papeles que en nada aportan al caso, quizá sería más cuidadoso al preparan el apéndice de su recurso. Que toma tiempo, mucho tiempo, preparar bien un apéndice… por supuesto. Pero en mi opinión, el precio de no hacerlo es muy alto, como para darse el lujo de hacerlo mal.
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